Tras el anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de adelantar las elecciones generales al 28 de Abril de 2019, nos encontramos ante una primavera repleta de elecciones.
Esto se debe a que después de las generales, el próximo 26 de mayo de 2019, los ciudadanos españoles y extranjeros aptos para ejercer su derecho a voto tendrán la oportunidad de hacerlo de nuevo en:
- Elecciones Autonómicas (Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja)
- Elecciones Municipales
- Elecciones Europeas (Parlamento Europeo)
Si eres de los que se está preguntando cómo votar por correo en España, aquí te contamos qué pasos seguir.
La opción de voto por correo está disponible tanto para la elecciones generales como para las elecciones autonómicas, municipales y europeas. El proceso es sencillo. Lo más importante es que te presentes con la documentación adecuada y sigas las instrucciones.
Empecemos.
Qué hacer para votar por correo
Puedes encontrar impresos de solicitud de voto por correo en todas las oficinas postales españolas, así que lo primero que debes hacer es acudir a cualquier oficina de Correos.
Una vez allí:
- Exprésale al funcionario tu intención de votar por correo. Asegúrate de tener contigo el original de tu DNI, pasaporte o carnet de conducir para obtener el impreso de solicitud de inscripción en el censo correspondiente que deberás completar. Si padeces de alguna discapacidad, tu representante legal puede hacer esta solicitud siempre que aporte la documentación necesaria.
- Unos días después de completar este impreso, la delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (INE) te enviará por correo certificado y con aviso de recibo, la documentación necesaria para votar. Estos documento se te entregarán en persona y en la dirección que hayas indicado en la solicitud.
- Con esta documentación ya puedes enviar tu voto. Asegúrate de que el sobre modelo oficial está dirigido a la mesa electoral correspondiente y de que incluya el certificado de inscripción en el censo electoral y el de votación que aparece en la papeleta.
- Debes enviar tanto el voto como la documentación por correo certificado urgente. Si estás preguntando cuánto cuesta el voto por correo, tenemos buenas noticias. ¡Es totalmente gratuito!
Cuál es el plazo para el voto por correo
El plazo del voto por correo siempre depende de la fecha de las elecciones. Puedes consultar estos datos en la página web oficial de Correos o, en persona, presentándote en cualquier oficina postal.
Recuerda que, después de hacer la solicitud de voto por correo, la documentación necesaria para el voto tardará unos días en llegar ya que la delegación Provincial de la Oficina del censo electoral debe enviarla al votante.
Con el anticipo de fecha, las elecciones generales de España se celebrarán el día 28 de abril de 2019. El calendario establecido para ejercer el voto por correo es:
- Solicitud de voto por correo: del 5 de marzo al 18 de abril
- Recibir la documentación necesaria: desde el 8 de abril al 21 de abril
- Enviar el voto por correo: del 9 abril al 24 de abril
Las próximas elecciones municipales de España se celebrarán el día 26 de mayo de 2019 coincidiendo con las elecciones al Parlamento Europeo. El calendario previsto es:
- Solicitud de voto por correo: del 25 de marzo al 14 de mayo
- Envíos de la documentación para el voto por correo desde la Oficina del Censo Electoral: del 3 al 18 de mayo
- Remisión por electores del voto por correo: del 4 al 22 de mayo
Cómo consultar el Censo Electoral
La Oficina del censo electoral es el organismo encargado de la formación del censo electoral. Ejerce sus funciones bajo la dirección y supervisión de la Junta Electoral Central.
Existen delegaciones provinciales de la Oficina del censo electoral repartidas por todo el país. Los Ayuntamientos y Consulados se consideran organismos colaboradores de la Oficina del Censo Electoral en las tareas censales.
Si deseas consultar el censo electoral, puedes hacerlo en la página web oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE). Consulta la pestaña de trámites, pincha en censo electoral continuo y dirígete al apartado “Consulta de inscripción en el censo electoral”.
Votar por Correo desde fuera de España
Si eres un español que está viviendo en el extranjero y te estás preguntando “¿Cómo puedo votar en España desde el extranjero?”, la respuesta es sencilla aunque debes solicitarlo con antelación.
Tanto si quieres votar en las elecciones generales, las del Parlamento Europeo o las elecciones autonómicas, es necesario que sigas estos pasos:
- Cumplimenta el impreso de solicitud que te remitirá la Oficina del censo electoral. También puedes obtenerlo a través de la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y del Ministerio del Interior.
- Acompaña dicho impreso de uno de los siguientes documentos: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte (expedido por autoridades españolas), certificación de nacionalidad (expedición gratuita por el consulado o embajada en el que estés inscrito), o la certificación de inscripción en el registro de matrícula consular.
- Remite toda la documentación lo antes posible, y nunca más tarde del vigésimo quinto día posterior a la convocatoria, a la Delegación Provincial de la Oficina del censo electoral de la provincia en la que estés inscrito en España.
¿Qué extranjeros pueden votar en las municipales de 2019?
En las próximas elecciones municipales del 26 de mayo, pueden votar todos aquellos ciudadanos extranjeros que cumplan con lo siguiente:
- Sean mayores de edad el día de la votación
- Residan en España
- Sean nacionales de países que han firmado un acuerdo de reciprocidad de voto para elecciones municipales: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago
Todos los extranjeros que deseen votar en estas elecciones tienen que:
- Solicitar su inscripción en el censo electoral
- Cumplir con las condiciones establecidas para todos los países (excepto Noruega).
Estas condiciones son las siguientes:
- Disponer de la autorización de residencia en España
- Residir en España de forma legal e ininterrumpida por un mínimo de 5 años
- Estar empadronado en el municipio de la residencia habitual (allí es dónde ejercerá su derecho a voto)
Si eres un nacional de Noruega y resides en España, puedes participar en las elecciones municipales españolas. Los únicos requisitos que debes cumplir son:
- Contar con el permiso de residencia en España
- Llevar más de 3 años residiendo en España, legal e ininterrumpidamente
- Estar inscrito en el padrón del municipio al que les corresponda votar